Conoce cómo regularizar tu situación y pagarlos en parcialidades o de manera diferida.
Por diversos motivos, los contribuyentes pueden tener adeudos con el fisco federal de periodos anteriores. El artículo 66 del CFF permite la opción de pagarlos a plazos.
El plazo no excederá de 12 meses para el pago diferido.
El plazo no excederá de 36 meses en el caso del pago en parcialidades.
Importante
No procede el pago en parcialidades para contribuciones del año en curso o de los seis meses anteriores a la solicitud. Por ejemplo, si solicitas entre julio y diciembre de 2026, solo procede para contribuciones que debieron cubrirse hasta diciembre de 2025.
Pasos para la Solicitud
Presentar el formato dispuesto por el SAT (ficha de trámite 55/CFF) para estos efectos
Pagar el 20% del monto total del crédito fiscal al momento de la solicitud. El contribuyente debe anexar a su solicitud el comprobante de este pago inicial.
La autoridad fiscal emitirá la resolución correspondiente una vez efectuado este pago del 20% y cumplidos los demás requisitos.
Detalles del Adeudo y Parcialidades
El monto incluye las contribuciones omitidas actualizadas, multas correspondientes actualizadas y accesorios distintos a las multas a la fecha de la solicitud.
El saldo para calcular las parcialidades es el resultado de disminuir el pago inicial del 20% al monto total del adeudo.
El monto de cada parcialidad debe ser igual, y se paga de forma mensual y sucesiva.
Si no se pagan oportunamente, el contribuyente deberá pagar recargos por mora.
Una vez recibida la solicitud, la autoridad exigirá la garantía del interés fiscal por el 80% del monto total, más recargos por prórroga.
Formas de garantizar: Puede ser mediante billete de depósito, carta de crédito o fianza por institución autorizada.
Dispensa de garantía: Se puede dispensar la garantía en casos como la declaración anual de personas físicas por ISR (hasta seis parcialidades en tiempo), en pagos diferidos autorizados, o si el contribuyente cumple en tiempo y forma con sus pagos. Si se incumple con dos parcialidades, se exigirá la garantía o se revocará la autorización.
Casos Especiales y Excepciones
Si corriges tu situación durante facultades de comprobación, puedes solicitar el pago a plazos de forma diferente, presentando un proyecto con fechas y montos concretos.
No procede para contribuciones retenidas, trasladadas o recaudadas. La autorización se revoca si no se da garantía, en caso de quiebra, o si se incumple en tiempo y monto con tres parcialidades.
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